"Constitución Política de la República de Guatemala"
FUNCIONES DEL PRESIDENTE:
Artículo 183
6.DICTAR LAS DISPOSICIONES QUE SEAN NECESARIAS EN LOS CASOS DE EMERGENCIA GRAVE O DE CALAMIDAD PÚBLICA, debiendo dar cuenta al Congreso en sus sesiones inmediatas.
Sería bueno considerar la posible REORIENTACIÓN del PRESUPUESTO para atender la crisis sanitaria Covid-19;
Toda vez que en perspectiva se advierte que difícilmente se ejecutará el mismo en los términos, y tiempos establecidos en las distintas carteras;
Basta con mirar el avancé de la cartera de Salud Pública, por debajo del 1%;
Además dadas las circunstancias actuales que está afrontando la sociedad Guatemalteca, la ejecución del gasto público debe proceder de manera PRIORIZADA, eso significa decidir entre lo que URGE y lo importante;
Vencer la pandemia no es evitarla, es superarla haciendo un reacomodo de adaptación habitual;
Las cuarentenas reales o ficticias, el distanciamiento Social estricto o mederado, lavarse las manos, aplicarse gel, usar mascarilla, cubrebocas, o caretas plásticas, son parte del condicionamiento con los que tenemos que adaptarnos al futuro inmediato para seguir adelante;
En un país donde el 70% depende y vive de la economía informal, dónde una persona que de lo trabajado por la mañana come por la tarde para sobrevivir, estos son escenarios difíciles, y retos desafiantes para una administración pública que anda, desvariando entre que SI y que NO hacer por falta de Planificación estratégica;
Además las personas están limitadas o no tienen acceso al agua para lavarse las manos, ni espacios suficientes para distanciarse los unos de los otros; su pobreza los pone como víctimas exponenciales ante toda una tragedia mundial;
 
 
 
Por ADAMO